El Canal de Denuncias es un medio del Grupo CaixaBank para facilitar la comunicación ágil y confidencial de irregularidades que puedan suponer incumplimientos normativos. Las comunicaciones pueden presentarse de modo anónimo.
Grupo CaixaBank pone a disposición este Canal como parte del Sistema interno de información y es esencial para el cumplimiento del Código Ético en general y de la normativa interna en particular y, por tanto, es parte activa en nuestra mejora continua como Grupo.
Las comunicaciones presentadas a través del canal deben tratar sobre actos o conductas, presentes o pasadas, relativas a los ámbitos de aplicación del Código Ético lo que implica la normativa general y en especial de las siguientes Normas de Conducta:
- Política Corporativa del Sistema Interno de Información
- Procedimiento de Gestión de informaciones
- Política Corporativa de Compliance Penal
- Política Corporativa de Anticorrupción
- Política Corporativa de Conflictos de Interés de Grupo CaixaBank
- Reglamento Interno de Conducta en ámbito de Mercado de Valores
- Código de Conducta de Proveedores
El canal está a disposición de consejeros, empleados, becarios, personal de Empresas de Trabajo Temporal (ETT), agentes, mediadores, colaboradores, prescriptores, proveedores y personas que trabajen para o bajo su supervisión, accionistas, exempleados (relación laboral finalizada), candidatos a un puesto de trabajo.
Este Canal no es la vía adecuada para reclamaciones de clientes. Más información
El sistema está disponible las 24 horas del día los 365 días del año, desde cualquier dispositivo y en diversos idiomas, a través de las siguientes vías de acceso:
- Portal corporativo accesible: canal de denuncias .
- Correo electrónico: canaldenuncias.grupocaixabank@caixabank.com.
- Correo postal: Av. Diagonal, 621-629, Z.I. - 08028, Barcelona (Att. Departamento de Compliance - Dirección de Riesgos Regulatorios y Grupo).
A solicitud del interesado, las denuncias también pueden presentarse mediante reunión presencial, debiendo para ello dirigir la petición a través de alguna de las vías de comunicación mencionadas anteriormente.
Sin perjuicio de las vías de acceso detalladas, el interesado puede dirigirse ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante.